Cautividad y redención de Fátima de Almonacid (1363)
Resumen
Fátima, mudéjar de Almonacid de la Sierra, fue capturada por el ejército del rey Pedro IV de Aragón durante la primavera de 1363, en el contexto de la guerra de los Dos Pedros (1356-1366) entre las Coronas de Aragón y Castilla. Seguidamente, fue puesta en venta mediante subasta pública en Zaragoza, pero la actuación de su marido, Alí Dexadet, en cooperación con otros mudéjares y con Teresa Gil Tarín, viuda zaragozana, le permitieron recuperar la libertad.
Lugares
Almonacid de la Sierra (Zaragoza)
La Almunia de Doña Godina (Zaragoza)
Mezalocha (Zaragoza)
Mozota (Zaragoza)
Zarafoza
Tipo de violencia
Física (cautiverio)
Simbólica
Insitución/Agente
Ejército al servicio de Pedro IV, rey de Aragón
Víctimas
Una persona identificada (Fátima de Almonacid), otras personas sin identificar ni cuantificar.
Contexto
La legislación vigente en la Baja Edad Media contemplaba la posibilidad de que, en caso de guerra lícita, los bandos enfrentados hicieran prisioneros en territorio enemigo, pero distinguía con claridad el trato que podía dispensarse a los cautivos en función de la comunidad religiosa a la que pertenecían. Así, el destino prescrito por la ley para las personas de religión cristiana solía ser la libertad, previo pago de un rescate más o menos cuantioso, en función del estatus y la riqueza de cada prisionero. Sin embargo, para las personas que pertenecían a alguna de las comunidades religiosas minoritarias (la musulmana y la judía) existía una amenaza mayor, pues la ley incluía a estas personas en la categoría de botín y otorgaba a sus captores su plena propiedad, reduciéndolas, así, a la esclavitud. Lógicamente, no todas las acciones de apropiación de botín eran consideradas igualmente lícitas y, a menudo, existían controversias en torno a la legitimidad que respaldaba a quienes cometían este tipo de actos. Para discernir las apropiaciones legítimas de aquellas que no lo eran, durante la Plena Edad Media se difundió la denominación de buena guerra, una categoría jurídica que aseguraba que el botín había sido capturado en el contexto de un conflicto legalmente declarado y, al mismo tiempo, confirmaba que sus captores habían cumplido con las obligaciones tributarias impuestas sobre los bienes en cuestión. Las personas de religión judía o musulmana que resultaban apresadas en tales conflictos y eran reducidas a esclavitud constituían un tipo de bien especialmente valioso, de ahí que las autoridades prestaran especial atención a las condiciones de su captura y al cumplimiento de las obligaciones fiscales de sus captores. En líneas generales, este criterio pervivió durante la Baja Edad Media, como acreditan las explicaciones vertidas al respecto por Francesc Eiximenis en los capítulos 341-347 del Dotzè del Crestià (1385-1392).
Por estos motivos, la captura de personas musulmanas y judías, especialmente si eran jóvenes y se encontraban en buenas condiciones físicas, era un objetivo prioritario para los hombres de armas, ya que los esclavos eran un tipo de mercancía muy valioso, del que podía llegar a obtenerse un suculento beneficio económico. De hecho, las pautas observadas en las guerras que enfrentaron a las monarquías de los territorios peninsulares en la Baja Edad Media permiten afirmar que la captura y venta posterior de musulmanes y judíos era una práctica habitual.
Fátima de Almonacid, mudéjar oriunda de Almonacid de la Sierra, fue capturada por combatientes al servicio del rey Pedro IV de Aragón durante la segunda fase de la guerra de los Dos Pedros (1362-1366), cuando el ejército castellano controlaba la mitad occidental del reino. Entre las poblaciones ocupadas entonces, se encontraba el lugar de Almonacid de la Sierra, que, como muchos otros, se convirtió en uno de los objetivos militares del ejército aragonés. Estas acciones estaban justificadas por la consideración legal de rebeldes, traidores y, en definitiva, enemigos, que recibían los habitantes de aquellos lugares rendidos u ocupados, fenómeno que no sólo se produjo en Aragón, sino también en toda la frontera entre Valencia y Castilla.
La captura se realizó durante la primavera de 1363, seguramente poco después del asedio de Daroca y el saqueo de Cariñena por las tropas castellanas. Almonacid de la Sierra, en aquel momento, era una pequeña aldea de señorío, perteneciente a Pedro Martínez de Luna y Elfa de Jérica, y muy probablemente poblada totalmente por mudéjares. Su proximidad a Cariñena (unos 10 km) lleva a pensar que fuera ocupada al tiempo que lo fue esta villa, de modo que la acción desplegada contra Almonacid pudo ser ejecutada por algunos de los defensores de esta zona del reino, en su retirada hacia Zaragoza. Estos sujetos, cuya identidad desconocemos, capturaron a varios mudéjares en el lugar, tanto hombres como mujeres, que seguidamente fueron desplazados a la capital del reino. Fátima se encontraba entre ellos y, en consecuencia, fue puesta en venta mediante subasta pública (en encant o almoneda) el día 26 de mayo de 1363. Sin embargo, la rápida actuación de su marido, Alí Dexadet, en colaboración con otros mudéjares y con Teresa Gil Tarín, viuda zaragozana, evitó el desarraigo de la mujer. Ese mismo día, Alí, con la mediación de otras personas (a rogarias de amigos) solicitó y obtuvo de Teresa un préstamo de 27 florines de oro para comprar a Fátima, comprometiéndose a dejarla en poder de la viuda (assi como cativa) hasta que fuese capaz de devolverle el dinero prestado. Otros mudéjares de tres aljamas diferentes (Mozota, La Almunia y Mezalocha) actuaron como avalistas (fianças e principales deudores e pagadores) y, al cabo de poco más de dos meses, el 29 de julio, Alí satisfizo la deuda entregando a Teresa un florín más de los que había recibido.
Memoria de dicha violencia
No consta
Bibliografía
Este caso ha sido objeto de estudio en el siguiente trabajo
Lafuente Gómez, Mario, “Solidaridad interconfesional en tiempo de guerra: la cautividad y redención de Fátima de Almonacid, mudéjar aragonesa, en 1363”, en Homenaje al profesor Eloy Benito Ruano, Madrid, Sociedad Española de Estudios Medievales, 2010, vol. II, pp. 437-449.
Otras obras relacionadas
Burguera i Puigserver, Victòria A., Entre el negoci privat i la caritat popular: la redempció de captius a la Corona d’Aragó baixmedieval (1410-1458), Madrid, CSIC, 2024.
Diago Hernando, Máximo, “Esclavitud y frontera en la Península Ibérica bajomedieval”, en María Teresa Ferrer i Mallol y Josefina Mutgé i Vives (eds.), De l’esclavitud a la llibertat. Esclaus i lliberts a l’Edat Mitjana, Barcelona, IMF-CSIC, 2000, pp. 135-150.
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Lafuente Gómez, Mario, Dos Coronas en guerra. Aragón y Castilla (1356-1366), Zaragoza, Grupo CEMA (Universidad de Zaragoza), 2012.
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Torró, Josep, “De bona guerra. El ambiguo estatuto del cautivo musulmán en los países de la Corona de Aragón (siglos xii-xiii)”, en Maribel Fierro Bello y Francisco García Fitz (eds.), El cuerpo derrotado: Cómo trataban musulmanes y cristianos a los enemigos vencidos (Península Ibérica, ss. viii-xiii), Madrid, CSIC, 2008, pp. 435-483.
Autoría
Mario Lafuente Gómez (Universidad de Zaragoza)